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sábado, 27 de agosto de 2011

COMO PODEMOS AYUDARTE CON TU KAFALA

Nuestra asociación lleva a cabo un asesoramiento integral durante todo el proceso de constitución de una kafala en Marruecos y posteriormente, si procede la adopción plena del menor en España.

Nuestro asesoramiento es completamente gratuíto para los asociados, aún así si no es suficiente, la asociación ha llegado a acuerdos con:

1.- Una asesoría que tramitará los documentos que los futuros padres no puedan tramitar en persona, siempre a un precio muy reducido para los socios.

2.- Un bufete de abogados que aclarará cualquier duda que puedan surgir a los socios durante todo el proceso y tramitar todos los documentos necesarios. Por último, siempre que se cumplan todos los requisitos legalmente extablecidos, promover la adopción plena. Todo ésto se nos ha ofrecido para nuestros asociados a un precio más que competitivo.

3.- Los servicios de una traductora jurada que traducirá todos los documentos tanto de español a árabe como de árabe a español.

Los trámites que se deben llevar a cabo son:

Trámites en España      

  • Solicitud de kafala-Tutela Dativa ante el organismo competente de la Comunidad Autónoma.
  • Informe de Idoneidad e Informe Psico-Social.
  • Solicitud de reagrupacion familiar por adopción ó Informe de Conformidad ante la Delegación del Gobierno.
  • Legalización de documentos ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma.
  • Legalización de firmas ante el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación español.
  • Legalización de firmas ante el Consulado de Marruecos correspondiente.
  • Traducción de la documentación legalizada al árabe.
  • Verificación de la documentación necesaria para continuar el proceso de kafala en Marruecos.

Trámites en Marruecos

  • Conversión al Islam
  • Solicitud ante el Juez de Menores marroquí para la asignación del menor.
  • Asignación del menor por parte del Centro de Acogida marroquí.
  • Solicitud ante el Juez de Menores marroquí para la asignación del menor.
  • Autorización para nombrar tutores a los padres.
  • Kafala
  • Autorización para la obtención del pasaporte.
  • Legalización de documentos ante el Tribunal de Primera Instancia de procedencia del menor.
  • Legalización de firmas ante el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación marroquí.
  • Legalización de firmas ante el Consulado General de España en Marruecos.
  • Traducción de documentos legalizados.
  • Obtención del Visado por reagrupación familiar

Adopción Plena

Una vez que el menor ha entrado en el país con un visado de Reagrupación Familiar por kafala, es preceptivo solicitar la Tarjeta de Residencia ante la Delegación del Gobierno correspondiente.
El siguiente paso será continuar con el expediente de adopción ante el juzgado correspondiente,esperando siempre un año desde la entrada del menor en españa bajo la tutela de la familia tal y como marca la ley.
Dada la diversidad de jurisprudencia española, el proceso de adopción plena no está garantizado. Esta circunstancia, en sí misma, no es buena ni mala, dado que la legislación española sólo acepta la concesión de visado por kafala a aquellos niños que han sido declarados judicialmente en abandono, sin una posibilidad real de reclamación posterior del menor kafalado.

 

 

 

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